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domingo, 21 de septiembre de 2014

CODIGO DE LA DEMOCRACIA: PRINCIPIOS FUNDAMENTALES

 Los principios fundamentales sobre los cuales la ley regula la participación popular en el ejercicio de la democracia directa para los procesos electorales y para la designación de las autoridades de los órganos de poder público son: DIVERSIDAD, PLURALISMO IDEOLÓGICO E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES. Cada principio es sumamente importante, por las siguientes razones: 

1.- DIVERSIDAD.- El término hace referencia a la variedad de los elementos que conforman un conjunto, como la que existen entre animales de una misma especie (entre la tortuga terrestre y de agua, entre la de río y de mar, etc.). Nuestro país alberga la más variada expresión de personas (hombres, mujeres, niñas, niños, adolescentes, jóvenes, adultos, adultos mayores, con capacidades reducidas, etc.), cultura, religión, tendencia política, nivel económico. Es plurinacional y multiétnico. El Código tiene presente, en toda dinámica electoral, esta variedad. En este contexto, el Código norma la participación de todos los ecuatorianos para expresar, a través de la democracia directa, sus preferencias en la designación de las autoridades a elegir, precautelando que en el ejercicio del voto no se vulnere por cuestiones biológicas, sexuales, culturales y políticas nuestros derechos electorales. 

2.- PLURALISMO IDEOLÓGICO.- El pluralismo implica no diversidad sino diferencia entre elementos de dos o más especies, como la que existe entre la tortuga y la iguana marina. Es posible que compartan el mismo espacio físico (como en nuestras islas Galápagos), pero sus preferencias alimenticias distan entre sí. La ideología comprende aquellos principios e ideas sobre las que se fundamenta un sistema filosófico, religioso, político o cultural, como la que existe entre idealismo y materialismo, budismo y judaísmo, capitalismo y comunismo, etc. En nuestro país, la pluralidad ideológica se evidencia en las tendencias culturales, políticas, religiosas y sociales con sus respectivos adeptos y defensores. Así, por ejemplo, no es raro escuchar que mientras unos son de la izquierda, otros son de la derecha, que mientras unos adoran a la pachamama, otros siguen a la Virgen del Cisne. Este es el escenario que tiene presente el Código de la Democracia, y, sobre este arcoíris de ideas y tendencias, regula los procesos electorales y los lleva adelante, respetando la ideología de cada grupo social. 

3.- IGUALDAD DE OPORTUNIDAD.- El término igualdad deviene del latín aequalitas (lo que tiene calidad de llano, equilibrado, justo, equitativo). Existe igualdad o equilibrio en una ecuación matemática, o “justa medida” entre los objetos pesados en una balanza con la misma cantidad de onzas o libras. En nuestro país hemos ganado terreno en relación a la igualdad o acceso equilibrado, justo y equitativo en la participación de los hombres y de las mujeres en los procesos electorales y en el ejercicio de las dignidades públicas. La alternabilidad en las lista, entre hombres y mujeres es una muestra de ello. Pero la igualdad amplía sus horizontes cuando abarca, por ejemplo, el acceso equitativo de los medios a la información electoral pertinentes, a la publicidad electoral por parte de los sujetos políticos, a la integración de juntas provinciales, distritales, del exterior, de escrutinios, o de receptoras del voto. El Código regula la participación equitativa y justa, y aspira al acceso sin discriminaciones a las instancias, recursos, medios y posibilidades electorales.

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